La Sala de seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 insta a la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía a adoptar determinaciones que realmente impulsen la investigación y judicialización de estructuras criminales responsables de hechos





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La Sala de seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 insta a la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía a adoptar determinaciones que realmente impulsen la investigación y judicialización de estructuras criminales responsables de hechos


La Sala especial de seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 insta a la Unidad Especial de Investigación de la Fiscalía a adoptar determinaciones que realmente impulsen la investigación y judicialización de estructuras criminales responsables de hechos victimizantes contra los y las firmantes del Acuerdo de Paz

 

La Corte le ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que, en coordinación con la Mesa Técnica de Seguridad y Protección, garantice las medidas de protección individuales y colectivas de las organizaciones de firmantes ANFAP y ECOMUN.

Igualmente, le ordenó asegurar medidas de protección idóneas para los y las firmantes que formaron parte de los antiguos Bloques Oriental y Sur de las extintas FARC-EP, con el fin de que cuenten con las garantías fundamentales para comparecer ante la JEP.  

Bogotá, 11 de septiembre de 2023

Boletín No. 160 
Auto 2014-23

 

La Sala especial de seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 remitió a la Unidad Especial de Investigación (UEI) de la Fiscalía General de la Nación una copia del Auto 2014 de 2023, en el cual documentó y sistematizó múltiples hechos victimizantes y afectaciones en contra de la población firmante. La Sala remitió, a través de varios anexos, entre estos uno reservado, la totalidad de las denuncias y documentos que dan cuenta de estas conductas y de la desprotección que experimentan los y las firmantes.

 

El auto fue emitido por la Sala especial de seguimiento de la Sentencia SU-020 de 2022 en el marco del estado de cosas inconstitucional que declaró la Corte sobre el componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. En esa sentencia, la Corte amparó los derechos a la vida, a la integridad personal y a la seguridad de varias personas firmantes del Acuerdo Final de Paz, actualmente en proceso de reincorporación a la vida civil. Desde ese entonces, la Sala ha hecho seguimiento al cumplimiento de las órdenes para superar la vulneración de derechos.

 

La Sala especial de seguimiento explicó que lleva un registro de los hechos victimizantes contra este grupo de personas con base en la información que le envían diversos actores, así como por la búsqueda activa en distintas fuentes públicas, especialmente de los colectivos de los firmantes y de la sociedad civil.

 

La Sala también señaló que esta es una “importante labor de memoria histórica para resaltar y nombrar –una vez más– la grave situación de riesgo y de daños consumados en la que se encuentra la población objeto de este estado de cosas inconstitucional”. En este caso, consideró que los hechos documentados no solo implican violaciones a sus derechos fundamentales, sino que también son conductas punibles en muchas de las cuales ya se consumó el daño al derecho a la vida de los y las firmantes del Acuerdo de Paz. Por estas razones, la Sala dio órdenes para asegurar las actuaciones de las autoridades –de acuerdo con sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias– respecto de los hechos y afectaciones narradas.

 

En particular, la Sala instó a la Unidad Especial de Investigación a que, en caso de no haberlo hecho, adopte las medidas necesarias para impulsar la investigación y judicialización de las estructuras y organizaciones criminales responsables de patrones criminales contra esta población.

 

Igualmente, ordenó a la Unidad Nacional de Protección que revise las condiciones de riesgo a las que se exponen los exmiembros de las Farc-EP que pertenecían al Bloque Sur y que son comparecientes ante la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). La Sala también ordenó asegurar la protección de las organizaciones ANFAP y ECOMUN. En ese sentido, la UNP debe adoptar e implementar sin dilaciones las medidas individuales y colectivas para garantizarles las condiciones para comparecer de forma segura ante el sistema de justicia transicional y entregar la información que le permita a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP actualizar el Sistema de Registro de Afectaciones a Comparecientes (SIRECOM). 

 

Finalmente, la Sala solicitó a la Agencia para la Reincorporación y Normalización –ARN– y a la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz informar cuál es la situación actual de los y las firmantes que fueron desplazados del Antiguo Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación –AETCR– La Reforma - Georgina Ortiz, en Vista Hermosa, Meta. Asimismo, les pidió presentar los planes, cronogramas y mecanismos de seguimiento para verificar el cumplimiento de los compromisos de las autoridades para atender la situación de seguridad y de reubicación en condiciones dignas de los y las firmantes.

 

La Procuraduría, por su parte, debe verificar el cumplimiento de las órdenes emitidas en el auto y, para ello, tiene que remitir informes periódicos a la Sala. 

 

Auto 2014 de 2023

M.P. Cristina Pardo Schlesinger

 

 

 


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